Autor: OJEA
y PORRAS, Gumersindo |
Localización y
transcripción: David Martínez Robles |
Nº64 Macao 13 de Noviembre de 1862.
Direccion
de Política
Al Escmo Sor. Primer Secretario de
Estado y del Despacho
El Cónsul General de S. M. en China
participa las últimas noticias respecto á la guerra civil
en China, y concluye haciendo algunas reflexiones sobre el particular.
…….……
Consulado
General de España en China
Nº
62
Direccion
de Política.
Escmo.
Señor.
Muy
Sor. mio: desde que tuve la honra de dirigir á V. E. mi Despacho anterior nº
62, no se han llevado á cabo hechos de armas que pudieran afectar el aspecto de
la guerra civiñ, que se libra en este Imperio. En la region del Yang-tsi-Kiang
se mueven convulsivos los beligerantes con la estrategia aprendida en tan
prolongada lucha. A consecuencia de la reciente toma de Kading por los aliados,
dice la prensa de Shanghay que los Rebeldes al mando del temido Chun-wong ó Rey
del Oriente, habían dejado libre aquel distrito. El mismo efecto produjo la
toma de Tun=hua en el departamento de Ningpó, cuyo puerto consular continúa en
poder de los aliados, reducido á una plaza militar y sin asomos de comercio. De
allí hanía zarpado el 1º de Noviembre una flota Imperialista con destino al
sitio de Nankin, y se disponían dos espediciones para el 10 contra las plazas
de Sin-chong y Sun-Yuen, 45 y 56 millas respectivamente de Ningpó. La ciudad de
Hankow estremo del trayecto navegable del Yang-Tsi-Kiang, había sido tambien
amenazada por los Insurgentes que se cercaron á la distancia de 25 millas. El
pánico se apoderó de los habitantes y había ocasionado la paralizacion del
comercio. Al respeto que infunden los residentes estrangeros, y á la llegada de
fuerzas Imperialistas, se atribuye el que los Rebeldes hayan ejecutado un
movimiento de retirada haciendo alto en posiciones que distan cien millas. A
esto se reducen los partes publicados por la prensa del Norte de China acerca
de las operaciones de los contendientes.
Un
hecho mas digno de recuerdo y nota que todos los que preceden, es el Real
Decreto (order in council) expedido por S. M. Británica con el fin de organizar
la asistencia que se propone prestar al gobierno Imperial de China contra los
Insurgentes. Es no solo una completa violacion de la neutralidad prometida á
los gefes de los Teipines en Nankin, una ruptura contra todo respeto á sus
derechos de partido beligerante, una brusca declaracion de guerra, sino que
tambien constituye la mas flagrante é inmotivada contradiccion de las instrucciones
dadas al Ministro Inglés en China, según las que, las hostilidades contra los
Insurgentes debían de circunscribirse al radio de 30 millas partiendo de cada
puerto consular, como centro. En virtud de dicho Real Decreto se rescinden
evidentemente estas instrucciones, y despues de permitir á oficiales de
renombre en el ejército inglés de mar y tierra, alistarse en el servicio del
Emperador de China, previene que se organice en este Imperio un cuerpo de diez
mil hombres al mando de gefes Ingleses desde el rango de Sargento inclusive. En
este cuerpo serán admitidos con preferencia los soldados y oficiales que de los
Regimientos de S. M. B. en China y la India soliciten pasar á él, completando
el número con indígenas. Varios oficiales y soldados de los Regimientos nos
22, 31 y 67, de guarnicion en Shanghay, se han unido á dicha legion.
Tenemos
pues que la Inglaterra niega paladinamente á los insurgentes el concepto y los
derechos de partido beligerante, que despreciando sus compromisos bastante
solemnes, les declara la guerra sin limitaciones y pone á la disposicion del
Emperador de China su mas firme y eficaz apoyo moral y material para
combatirlos, y que la moribunda Dinastía Tartara prolongará su existencia
mientras convenga á los Ingleses hacerse amigos para ser Señores. Por ahora no
hallan oposicion en la Francia ní en la Rusia, cuyas miras son
irreconciliablemente hostiles á la Rebelion Teipin por el embrollo de credo
protestante que profesa, aunque á decir verdad, el protestantismo sea en todas
partes un embrollo, y porque con omnímoda influencia ambas Naciones sobre la
Dinastía reinante, habría peligros en el cambio. Todo persuade sin embargo y
autoriza á predecir que cuando suene la hora de que la degradada raza Tártara,
imposible de regenerar, suelte de sus manos el cetro de su débil poder, surgirá
de seguro en la China otra cuestion del Oriente, muy parecida á la que con las
armas unas veces, con el poder moral de los primeros Estados, con la presencia
de la cruz ante la media luna, con los trabajos clandestinos de la Diplomacia,
otras, se ventila sin descanso en el Imperio Otomano. Solo habrá diferenciar de
lugares, y otras igualmente accidentales. Problemas de inmensa mejora social
planteados en el Gólgota, hallan para su realizacion el mayor obstáculo en las
exageraciones del amor patrio, en el esclusivismo Internacional. ¡Siempre el
egoismo individual ó colectivo esterilizando las grandes causas!
De
lo que tengo la honra de informar á V. E. para su superior conocimiento,
permitiendome indicarle que presto especial atencion á la actitud que las
potencias de primer órden van tomando en China, actitud que dista mucho de per
para la España, asunto de mera curiosidad.
Dios
guarde á V. E. muchos años. Macao 13 de Noviembre de 1862.
Escmo.
Señor
B.
L. M. de V. E.
Su
muy atento y seguro Servidor
Gumersindo
Ogea y Porras
Escmo.
Sor. Primer Secretario de Estado y del Despacho