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Autor: OJEA
y PORRAS, Gumersindo |
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Localización
y transcripción: David Martínez Robles |
CONSULADO DE ESPAÑA EN SHANG-HAY
12,
de Agosto de 1.860.
Numero 36.
Direccion
de Politica
Al Escmo. Sr. Primer Secretario de Estado y del Despacho
El Consul de S. M. Cª. participa haber tomado parte en la
guerra civil de China el Aduar de Indios de Filipinas que vagan por esta
Comarca, y las medidas que adoptó en consecuencia.
Numero 36.
Direccion
de Politica
Escmo.
Sr.
Muy
Sr. mio: en mi Despacho nº 33., de 26, de Julio ultimo, tuve la honra de
manifestar a V. E. entre otras cosas, que de las complicaciones de esta localidad,
en las que me ocupaba, surgia el temor de que al Consul de S. M. Cª. no le
fuese dable conseguir que sus compatriotas guardasen absoluta neutralidad en la
guerra civil que se libra a las puertas de Shanghay. Tambien pronosticaba que á
la actitud adoptada por Francia e Inglaterra, inclinandose la primera en fabor
del Gobierno constituido, y pronunciandose la segunda por los Rebeldes o
Insurgentes, debia seguirse el ausilio de hombres y municiones de guerra a los
partidos, prestando este hecho mayores dimensiones a la implacable contienda de
Teipines y Tartaros. Tanto aquel temor como este pronostico, han llegado ya al
terreno de la realidad, aunque me inclino á creer que su efecto se limite a
esta localidad, mucho mas, si como debe esperarse acaso hoy mismo se reciben
noticias de victoria por los Anglo-Franceses en el Pei-hó, y deja de verse en
lontananza la perspectiva de un acomodamiento.
Varias veces he informado a V. E. del
considerable numero de naturales de Filipinas que vagan por esta Comarca, entre
los que tampoco faltan Españoles de la Peninsula, unos y otros o desertores de
la Marina, ó profugos de las matriculas o de las quintas. Por mas que haya
dedicado mi atencion a estirpar este perenne elemento de desorden y descredito,
no pude conseguirlo completamente, porque se multiplicaron por ensalmo, lo que
prueba la facilidad que hallan en eludir la vigilancia de nuestras autoridades,
para lanzarse en esta vida de bandoleros. Por supuesto que a la luz de las
disposiciones legales que rigen nuestro dro. de Nacionalidad, ninguno asiste a
tales individuos, para decirse subditos Españoles y reclamar la proteccion
Nacional, pero en China son inaplicables dichas disposiciones, y el lugar de la
naturaleza designa siempre la Nacionalidad: las autoridades Chinas no entienden
otra cosa, ni el sistema fijo y absoluto que hay que observar con ellas,
consiente en cuestiones de extradicion y fuero, entrar en la clasificacion de
cual individuo tiene derecho a la proteccion de nuestra bandera y cual lo ha
perdido.
Ahora bien, empeñada aquí la lucha
entre Insurgentes e Imperiales, facil era preveer que semejante aduar de vagos,
se prestarían al papel de Baskibozuki, si quiera no fuera mas que por los
estimulos del saco. Tampoco es de estrañar que los Mandarines hayan solicitado
sus servicios, porque en realidad cada uno de ellos vale en calidades militares
por veinte soldados chinos; mucho mas desde que supieron que los Rebeldes
incendiaban los Templos Catolicos, pues lo mismo que en los salteadores de
Sierra Morena, se halla muy arraigada, entre los sentimientos de estos, esa
mezcla de absurda religiosidad que simbolizan sus brindis a la Dama y a la
Virgen.
Como unos ochenta hombres han
conseguido los agentes del Toutay llevar a sus filas, y como ciento mas entre
los Ingleses, Franceses e Italianos.
Disgustados los Ingleses, decididos
partidarios de los Rebeldes, pase a verme con el Consul de su Nacion y con el
Ministro Mr. Bruce para enterarles de que me hallaba dispuesto a
secundar toda medida que tuviera por objeto establecer claramente que el Consul
de S. M. Cª. reprobaba el que los subditos Españoles tomasen la mas minima
parte en fabor, ni en contra de los partidos Chinos, que iba a requerirlos a
que se presentasen a mis ordenes, declarandoles incursos, caso contrario en la
perdida de la proteccion Nacional.
Como nada de esto tenia asomos de
favorecer a los Rebeldes, las autoridades Inglesas ninguna medida han
propuesto, a pesar de hallarse en el mismo caso que la Española. Esto no
obstante, por mi parte hice insertar en el periodico de esta plaza un requerimto.
a los subditos Españoles al tenor de lo manifestado a las autoridades Inglesas,
y aunque con bien dudoso derecho, mandé al canciller al cuartel Imperialista a
notificar personalmente el requerimto., cuyas medidas produgeron la
retirada de veinte hombres, cuya contrata mensual habia espirado. A pocos dias
de haber dado estos pasos, era aquí notorio, que en las filas Rebeldes
militaban grupos de Ingleses, y que se habían encargado de dirigir la defensa
de las plazas avanzadas.
A pesar de todo esto que desde luego
ocasiona conflictos sangrientos, creo que la actitud de Inglaterra en esta
cuestion local sea de circunstancias, es decir, con medio mas de intimidacion al
Gobierno de Pekin, para mejor tenerlo a terminos razonables. Por los demas no
puede creerse, que hecha la paz con los Imperiales, prefiera la Inglaterra dar
existencia politica y entenderse con las hordas de Rebeldes, destituidas hasta
el presente de todo elemento constitutivo de una sociedad civil.
Lo que tengo la honra de comunicar a V.
E. para su superior conocimiento y censura.
Dios
gue. a V. E. m. a. Shanghay Agto. 12, de 1.860.
Escmo. Señor
B. L. M. de V. E. su
muy atento y sego. servidor
Gumersindo Ogea y
Porras
Escmo. Sr. Ministro de
Estado .