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Autor: OJEA
y PORRAS, Gumersindo |
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Localización
y transcripción: David Martínez Robles |
Nº40
Macáo
8 de Junio de 1861.
Al
Escmo Sor. Primer Secretario de Estado y del Despacho
El
Cónsul General Interino
espone
respetuosamente á la consideracion de S. E. las razones que le persuaden, de
que no es oportuno en las presentes circunstancias, cercarse á negociar un
solemne convenio entre S. M. la Reina Nuestra Señora, y el Emperador de China.
CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA EN CHINA
Nº
40.
Direccion
de Comercio
Escmo. Señor.
Muy
Sor. mio: este Despacho es como el corolario de los que le preceden sobre el
mismo asunto, nos 33, 34 y 39. ¿Es oportuno, es urgente cercarse á
la corte de Pekín en nombre de la Reina Nuestra Señora á negociar un solemne
convenio? ¿Las circunstancias que trazan el estado político militante de China,
son tan favorables, tan desembarazadas de obstaculos, tan libres de
inconvenientes, que llamen á toda prisa una Legacion Española? En mi humilde
concepto, ní las circunstancias son favorables, ní es urgente cercarse á
contratar con China en estos momentos; por el contrario, la prudencia, primera
dote de la Diplomacia, como de la conducta individual, la prudencia aconseja,
que se aguarde algo mas, á que así las condiciones de la corte de Hien-fung,
como las de la política interior de China, mejoren de aspecto, resueltas las
cuestiones de Dinastía, de residencia de los Ministros estrangeros en la corte,
y de órden público. ¿Cómo ha de ser urgente cercarse á contratar, hallandose en
avanzada incubacion un cambio radical en la política de este Imperio, con el
triunfo de los Insurgentes? ¿Como se dicen favorables las circunstancias en que
la existencia de la Dinastía está en problema, cuya incógnita solucion se
aproxima? ¿Como, si el Emperador, corrido, desprestigiado á los ojos de sus
súbditos, desaparece de la China propiamente dicha, como si se relegára á un
voluntario ostracismo? ¿ Como si la ley china le aconseja el suicidio ó al
menos la abdicacion? ¿Como calificar de favorable, una situacion de
retraimiento, de duda, de fuga en la corte, y de caos en el pais? Lo único que
hasta ahora se ha conseguido con tanto dispendio y esfuerzo, es derribar las
puertas de Pekin y mantener aquel punto militarmente ocupado; sí Escmo. Señor,
militarmente, porque aunque los batallones y las Baterías se han retirado, allí
quedaron las Baterías y Batallones del poder moral; ademas que la evacuacion de
tropas por completo aun no se ha verificado. La única diferencia que hay en las
relaciones internacionales de China, entre el año pasado y el presente, es que
unos cuantos estrangeros mas, con elevado carácter oficial están en Pekín, nó
en la corte, y algunos buques mercantes Ingleses y Americanos, bien
pertrechados de artillería, y con escolta de cañoneras y vapores de la Marina
Real Británica y de la Union, surcan el Yang-Tzi-Guiang, como fisicamente
pudieran hacerlo durante la guerra. Nada se ha adelantado bajo el punto de
vista de buena inteligencia, muy poco bajo el de mejopra de relaciones
oficiales.
Por
otra parte, ¿se hallan los intereses Españoles cohibidos por falta de Tratado?
No se hallan cohibidos. (despacho nº 39) ¿Se concede á los Tratados la virtud
de vara de Moises, para que hagan brotar benevolencia del corazon del Emperador
de China, mas duro que la peña de que hizo saltar agua el historiador sagrado?
¿Se les concede virtud para infundir de golpe instrucción y actividad en el
comercio Español, multiplicar la poblacion de Filipinas como Jesucristo hizo
con los panes, y convertír en campos Belgas las Islas desiertas y cubiertas de
frondozas malezas en nuestro Archipiélago? Risum teneatis. En ninguna parte del
mundo valen menos los Tratados que en China: en ninguna parte del mundo son tan
onerosos ní imponen tan graves deberes, como en China. Voy á demostrarlo.
Es
preciso no perder de vista que los Tratados son una elucubracion de la cultura
Europea. Planta indígena de Europa, nacida en el suelo laboreado por el
cristianismo, es exótica en las demas partes del Globo, si se esceptúa la
porcion de la América que ha recibido el espíritu de nuestra civilizacion. La
idea substantiva del nombre Tratado, es concordia, bajo la base de reciprocidad
de concesiones, ya la sancion de la conciencia, espresada en el mutuo y
espontaneo consentimiento de las partes contratantes. Ahora bien, en Africa se
ajustan Tratados comprando la facultad de comerciar, y el día que á los Regulos
Negros les parece corta la dádiva, ponen el Tratado bajo la sandalia, y se
disponen á decapitar al súbdito que lleve una sed de agua á los estrangeros.
Para este caso previsto, se ha dejado el argumento de la metralla por allí, y ó
se descarga sobre el pais, ó por temor de que la guerra deje los campos
incultos y el comercio se interrumpa, se aumenta la dádiva, cual se complacen
los caprichos de un niño mal criado y sin conciencia de sus deberes, para que
vaya voluntario á la escuela. Lo propio acontece en el Asia oriental, si bien
allí los Tratados se imponen y se concluyen con la guerra, ó al menos con la presion
de la fuerza moral, que da á los europeos su poder militar; igual que en Africa
acontece en la Oceanía. En la India como que domina el espíritu de conquista en
la política Inglesa, varían las proposiciones para concluir Tratados. son las
siguientes: "Para redondear nuestro territorio, necesitamos del vuestro;
aceptad una pension y retiraos á las dulzuras de la vida privada, que nosotros
gobernaremos vuestro Reino mejor que vos"; dice un General Inglés á los
Reyes del pais, añadiendo, "sino complaceis mis deseos, os haré una guerra
de esterminio. El Rey consulta sus fuerzas, y si fiel á sus juramentos se niega
á tan estraña proposicion, vé llover la metralla sobre su palacio y sobre su
pueblo y cundír la desolacion y la muerte, corriendo aterrado á poner la corona
á los pies del vencedor para aplacarle. El Tratado se concluye á gusto del
General Inglés y el Rey firma aquel papel llamado Tratado, verdadera sentencia
de muerte para él, sus descendientes y colaterales.
Vengamos
á China y fijemonos en la Inglaterra que da el caracter á las relaciones
Diplomáticas escritas. No es de este lugar detenerme en los resultados de la
Embajada de Lord Macartney en 1792, que no tuvo otro objeto que el de felicitar
al Emperador en su aniversario, creyendo que este acto de etiqueta dispondría
bien el ánimo Imperial en favor de los intereses Británicos. Tampoco necesito
mentar siquiera la mision de Lord Amherst en 1816, porque ha regresado de Pekín
sin haber logrado ver al Emperador, ní los ajustes de la Compañía Oriental con
los Vireyes de Canton hasta 1834, ní los acuerdos de los Superintendentes de
comercio Inglés con la compañía de Hongs hasta 1840. Vengamos á 1840, á la
guerra contra el opio como la llaman los chinos, de vindicacion de la honrra
Nacional como apellidan los Ingleses; Liza entre el derecho público Europeo y
el chino, como diría un filósofo; ó mejor diré, vengamos al término de esta
guerra por el Tratado de Nankin. Este es la primera acta de vasallage que el
poder Inglés obligó á firmar al poder chino. Una guerra que termina por un acta
en que el vencido se somete á todas las exigencias del vencedor, ¿tiene derecho
filológico á que se llame Tratado? ¿En donde está la concordia, en donde la
mente de reciprocidad de concesiones, en donde el espontáneo consentimiento de
las partes? ¿Qué hay de la esencia del Tratado según lo comprende el Derecho
público de Europa?; nada. ¿A qué se reducen los convenios con la China? ¿cuales
son sus garantías, cual su sancion? Cilindros horadados llamados cañones, y un
grano negruzco llamado pólvora. Por parte de los Europeos fuerza, por parte de
los chinos sumision forzada, y ellos saben muy bien, que voluntad forzada no es
voluntad; que no se quedan ligados á observar los pactos así concluidos, sino
mientras la ocasión no se brinda para protestar contra la coaccion que los
produjo y los mantuvo. Asi es que la Inglaterra desde 1842, se ha visto
obligada á sostener en China una poderosa escuadra, y á hacer tales dispendios
que han llegado á fatigar y á escitar lamentos en el parlamento y pueblo
Inglés, que no reconocen superior en liberalidad para sostener las cuestiones
internacionales que tienen objeto la estension de su comercio. Mas la
Inglaterra no solo puede soportar todos estos sacrificios, sino que ha llegado
á convertír las guerras con los pueblos de Asia, en animadas ferias, en que da
salida á la exuberancia de su industria. A los mismos sacrificios que la
Inglaterra, se ven obligadas todas las demas Naciones para conducir y sostener
su derecho escrito con la China.
Pero
la España aunque en principio con derecho indispensable á ser Nacion de primer
órden, ¿se halla en iguales circunstancias que las Naciones que lo son de
derecho y de hecho? ¡Ojala pudieramos decirlo!, ¡ojala que no reconociéramos la
ilusion al mas lijero examen de su verdadero estado!: estado floreciente,
estado de grande porvenir entre los destinos de los pueblos; pero estado que
exige como condicion primera el ahorro de su vitalidad, la concentracion de su
vida, la evolucion desembarazado y tranquila de su presente desarrollo. Las
Nacionalidades trazadas por el dedo de Dios, como la nuestra, entrañan el
privilegio de las especies vivientes; no perecer. Desde el origen de la
Monarquía ha recorrido la España todos los periodos de una biología
esplendente, hasta la caducidad. A principios del siglo anterior ha vuelto á
renacer; criose entre una azarosa infancia, y aparece hoy bajo el solio
providencial de Nuestra Amada Reina en nueva juventud, radiante de esperanzas y
con la conciencia de su poder; pero llevada del instinto, y de la direccion que
la imprime la sabiduría de Nuestra Reina, afanandose en completar su
desarrollo, llevando á su suelo feráz todos los inventos, estableciendo todas
las condiciones que la han de conducir á su periodo de virilidad. Y las Naciones
como todos los seres orgánicos crecen de dentro afuera, prolongan su existencia
de afuera á dentro……….. Si hay en estos principios verdad natural, que es la
mas palmaria de las verdades, ¿cual será el primer deber de los Estadistas
Españoles? Secundar las tendencias de la sociedad Española, dirigír su
crecimiento evitando con la prevision cuanto pueda cohibirlo. Y ¿cual será el
primer deber de los agentes del órden á que me honrro de pertenecer? Cuidar y
fomentar en las localidades del estrangero los intereses Españoles con
discrecion, fé y activa voluntad; informar á su Gefe de todo hecho importante,
bien observado, que pueda servirle para la acertada gestion de los intereses
Nacionales, huyendo de conflictos, y evitando el doloroso caso de guerras y
desacuerdos esteriores, siempre lamentables para los Estados; pero hoy
decididamente desastrosos para España.
Y
en tales circunstancias ¿habrá quien se apresure sin necesidad de concluir un
Tratado entre S. M. C. y el Emperador de China? ¿Pare qué? ¿Para imponernos la
obligacion de mantener aquí una escuadra y una Legacion, buscar las
probabilidades de un casus belli el dia menos pensado, en la sofística
interpretacion del gobierno chino, en la susceptibilidad de nuestro amor
propio, en un ataque al interés estrangero, ó en la ayuda que nos reclame otro
poder? Es altamente comprometido, muy costoso, y demasiada honra para el
Emperador de China mientras no se adhiera sinceramente á la benevolente y libre
admision de los estrangeros. Preferible es que nuestras relaciones continuen
mientras tanto, sostenidas por Cónsules bajo la direccion de V. E., que cuestan
menos, protejen bastante, y sufren mas. Lo necesario es, que el personal de
Cónsules sea escogido, para que las necesidades del servicio sean satisfechas,
las instrucciones de V. E. fielmente cumplidas, y los deseos de S. M. no solo
obedecidos, sino adivinados y prevenidos.
Tenemos,
que por de pronto el Tratado, una vez concluido nos obligará á mantener en la
capital una Legacion, y en las aguas de China una escuadra; sin cuyos enormes
dispendios é inconvenientes nos pasamos hoy, hallandose nuestros intereses
suficientemente garantidos con la accion oficial de los Cónsules, y el derecho
consuetudinario que los cubre. Permítame V. E. repetirlo; nuestro Derecho
consuetudinario en China en las presentes circunstancias, vale mas que un
Tratado, porque concede todos los derechos apetecibles, y no impone mas deberes
que los de humanidad.
Que
el Portugal quiere hacerlo, se dice. El Portugal necesita mucho recabar de este
periodo de amistad Inglesa, que puede acabarsele en una de las complicaciones
que amenazan en Europa, necesita recabar de la amistad Inglesa, digo, el
reconocimiento de la independencia de la colonia de Macáo, por parte del
Emperador de China.
Que
la Prusia tiene un Tratado con China en vías de negociacion. La Prusia necesita
de él si ha de proteger los intereses de la confederacion, que no disfrutan tan
buenos precedentes como los nuestros; y ademas seguro estoy de que delegará en
gran parte el cuidado de la observancia del Tratado en la Inglaterra.
Que
España no es apellidada en China Treaty power. Para el concepto
de la China es favorable; pero hablando á V. E. con la respetuosa sinceridad
que acostumbro, no me agrada demasiado; aunque me consuelo con ver por aquí
como nuestros intereses viven y mejoran, y por la Península como florecen bajo
el fecundo cetro de la Reina Nuestra Señora, y la sabiduría de sus consejeros,
que tan fielmente interpretan las necesidades de la Nacion. Bajo este punto de
vista, ha sido una verdadera fortuna para nosotros no tener Tratado con China.
Nadie puede desconocer que nos hemos librado de esta manera, de todas las
complicaciones en que, en esta época de luchas entre estrangeros y chinos, era
casi seguro que nos hubieramos visto envueltos, con desfavorable idea de
nuestro nombre, y perjuicios de nuestro comercio.
Réstame
en corroboracion de mis opiniones dar á V. E. cuenta de dos dificultades con
que están luchando los Ministros Prusiano y Portugués, y con las cuales
chocaríamos nosotros si nos cercasemos á negociar en las actuales
circunstancias. Apesar de los buenos oficios de los Plenipotenciarios de
Francia é Inglaterra residentes en Pekín, así el Príncipe Kung como los
Dignatarios Tártaros de la capital, resisten con todas sus fuerzas recibir á
negociadores de otros tratados. Apelan á los sentimientos, y dicen; "si
ratificar los de Tien=Tsin, no ha costado tanta desafeccion por parte del
pueblo, como la prueba el incremento imponente de la Rebelion ¿qué nos sucederá
si nos prestamos sin oposicion á concluir y sancionar otros? Tratando de la
residencia del Ministro en Pekín, se declaran abiertamente opuestos, no admiten
discusion sobre este punto, y dicen que "el Ministro que allí quiera
residír, solo puede lograrlo despues de una guerra, cuyo éxito le sea
favorable. Para justificar su negativa, indican la misma causa, y añaden.
"A Uds. que afectan desconocer la constitucion de China y el grande peso
de la opinion pública sobre el gobierno, necesitamos decirles que el Emperador
no puede volver á la capital y recibír á Uds. como representantes de Soberanos iguales: para no
proscribír su Dinastía necesita mantenerse ausente, y esculparse con haber sido
vencido su ejército ¿qué razon podrá aducir en su abono, el día en que vea la
China, que otro Ministro se establece en Pekín sin haberlo resistido el
Emperador?
Tambien
presentan una demanda á los negociadores de Prusia y Portugal, por su
naturaleza imposible de aceptar, por su forma muy difícil de declinar. Dicen el
Príncipe Kung y sus Ministros; "todo el mundo sabe que la Rebelion de
China, ha sido una consecuencia de las guerras Inglesas; es igualmente notorio
que su incremento actual, incremento que amenaza seriamente á nuestra
Dinastías, es debido á la preocupacion en que tuvo que vivír el gobierno chino
durante el último desacuerdo con Inglaterra y Francia. De nadie es ignorado
tampoco el hecho de que los estrangeros, principalmente los de raza
Anglo=sajona, favorecen tanto al partido Rebelde, que puede decirse que ellos
le sostienen, y les proporcionan todas las ventajas que á veces tienen sobre
nuestros soldados. Hombres que los instruyen en la táctica militar, partidas de
armamento de á dos mil cañones, cincuenta mil fusiles y cincuenta mil sables,
municiones de boca y guerra, vestuario, todo cuanto necesitan lo obtienen los
Rebeldes de los estrangeros, pagandolo á precios fabulosos con el fruto de sus
depredaciones. Ahora bien, si hablando de buena fé no pueden los estrangeros
negar ní aun parcialmente estos hechos, tampoco pueden declinar la
responsabilidad que en su consumacion les cabe, el deber que les impone de
prestarnos su ayuda para reducir y exterminar á los Insurgentes, cuyas
conquistas son una calamidad, como si rios de lava candente inundasen la China.
Buscan Uds. nuestras relaciones con la ostentacion de grande poder, con
gestiones Diplomáticas, y hasta apelando á la guerra por nuestro mas leve
descuido. Fomentan la Rebelion, que hace imposible el gobierno en muchas
provincias, nos obligan á conculcar nuestras leyes fundamentales que dicen
relacion á los estrangeros, y en compensacion, si tantos males la tuvieran ¿qué
nos dan? ¿qué bien nos proporcionan? ¿que servicio nos prestan? Uds. dirán
nuestro comercio. Su comercio hace imposible la observancia de nuestras leyes
suntuarias fomentando el lujo y las necesidades ficticias, y nos trae el
material de guerra con que nos hostilizan los rebeldes, y el opio que parece
destinado por el genio del mal para aniquilar nuestra raza. Es preciso, pues,
si Uds. insisten en que contratemos, que nos prometan solemnemente darnos su
auxilio y ayuda material contra los Insurgentes, en lo que no hacen mas que
aplicar remedio á un mal que Uds. mismos nos han acarreado. En los demas puntos
solo podemos negociar como hemos negociado con los Americanos".
En
esta noticia que me consta de muy buen origen, (por uno de los
Plenipotenciarios) y que aunque trascendiese por rumores, no podría rechazar la
sana crítica, claman al cielo la verdad y la justicia con que se produce el
Gabinete de Pekin. Mas ¿qué pueden contestar á esta demanda los nuevos
negociadores? ¿Sí? ¿No? Vea V. E. si pueden ser mas desfavorables , menos
oportunas las actuales circunstancias en este Imperio, para cercarse á la corte
de China á negociar Tratados.
Resumiendo,
cuando se halla amenazada la existencia de la Dinastía Tártara, por los
Insurgentes y por la posible abdicacion del Emperador; cuando con la residencia
en Pekín de los Ministros estrangeros nada ó muy poco han mejorado las
relaciones oficiales, cuando los Tratados en China, sus garantias, su sancion,
vienen á resolverse en la última ratio, ó mas bien, primera y única; cuando un
Tratado con China nos impondrá desde luego los dispendios consiguientes al
sostenimiento de una Legacion en la capital y una escuadra en estos mares;
cuando puede ser origen de desacuerdos mil y aun conflictos, que con toda
prevision deben evitarse á la España de hoy en su periodo de desenvolvimiento;
cuando los Tártaros resisten hoy con mejores razones que nunca, admitír nuevos
negociadores, conceder de buen grado residencia á nuevos Ministros en Pekín, y
exigen ademas en todo nuevo Tratado, promesa de ayuda material contra los
Insurgentes…… cuando por otra parte los intereses Españoles bastantemente
protegidos y respetados, no reclaman con premura, ní con mucho menos
apresurarse á negociar un Tratado con el celeste Imperio…………………. (Dejo la
conclusion final al superior talento de V. E., persona infinitamente mas
autorizada, y libre para aconsejar á S. M. la Reina (q. D. g.) lo que estime
mas conveniente).
Lo
que tengo la honra de esponer á V. E. siempre poseido de respetuoso temor; que
por mas que sienta con viveza mis convicciones, nunca dejo de esponerlas con
desconfianza en asuntos tan graves, por la segurísima que tengo de la humildad
de mi talento: y sin perjuicio de contestar categóricamente en Despachos
sucesivos, al Soberano mandato con que la Reina Nuestra Señora, se ha dignado
honrarme en 16 de Marzo último.
Dios
guarde á V. E. muchos años. Macáo 8 de Junio de 1861.
Escmo. Señor
B.
L. M. de V. E.
Su
muy atento seguro servidor
Gumersino
Ogea y Porras
Escmo. Sor. Primer
Secretario de Estado y del Despacho