Autor:
Ortega, Fr. Francisco de |
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y transcripción: |
Las objectiones, que pusieron en la nueva españa para suspender el viaje de
la china hasta que V. Magestad tornase a mandar resolutamente lo que se abía
de haçer, son las siguientes:
1. Objectión: La primera que no recibiría el presente el Rey chino, y no lo
resçibiendo que sería gastar tiempo y dineros en balde.
R. A esto respondí, como quien tiene espiriencia de ocho años de su tracto
y comunicación en la çiudad de menila, que no es gente de tan poca capaçidad
y entendimiento como algunos deven pensar, pues infieren sin premisas urgentes
lo que de gente que careçe della no se á de presumir; porque a mi entender
no ay naçión, ni Rey tan bárbaro que si otro Rey estraño le embía alguna embaxada
o presente, que no lo reçiba y oyga lo que le embía a deçir y responda a ello,
pues, de gente de buen entendimiento y política, por qué se á de entender
al contrario? ¿Ni quién puede juzgar ni saber los futuros contigentes? Espeçialmente
que emos bisto al contrario en lo que usaron con el padre fray martín de Rada
y su compañero, quando allá fueron embiados por guido de lebaçares, que governava
en las yslas philipinas en nombre de V. Magestad, que los reçibieron con grande
aplauso y regoçijo, reçibiéndolos con música de unas como tronpetas y cheremías
y otros ystrumentos, y dende el puerto adonde desembarcaron hasta la çiudad
de chincheo, adonde estaba el virrey de aquella provinçia, los llevaron en
hombros de chinos en unas andas doradas, y a quatro soldados que iban con
ellos por el consiguiente en otras no tales, y a seis yndios, que llevaron
de las yslas philipinas, en cavallos, dando a cada uno el suyo, como consta
de la Relaçión que escribió el padre frai martín, religioso fidedigno por
sus muchas letras y religiosa e ynculpable vida; y todo el tiempo que allá
estubieron los probeieron de los neçesario, dándoles cada día que andaban
camino veynte y dos reales y quando no caminaban diez y seis, que para aquella
tierra es más que para ésta seis escudos. Pues si esto es así, y por sólo
llebar nueba que los españoles tenían çercado a un cosario del Reyno de china,
llamado Limohón, y que le llevarían al Rey preso o muerto, ¿por qué se á de
presumir, que a los que V. Magestad embía en su Real nombre con cartas y las
demás cossas, que V. Magestad en señal de amor le embía, que no harán lo mesmo
y mucho más, y quel rey no hará con los criados y mensajeros de V. Magestad
lo quel viRey suyo hiço con los quel governador de V. Magestad embió? Y quando
no ubiera espiriençia desto, si no que nos constara de lo contrario, ¿por
qué emos de juzgar de lo que a sólo dios perteneçe y es reserbado, ques saber
lo por venir, máxime en negoçio de tanta ynportançia y que va encaminado a
honrra y gloria de dios nuestro señor y remedio de aquellas almas redemidas
con su sangre, cuyo poder no es limitado ni su poderosa mano abrebiada? Y
así nos consta por espiriençia y fe notoria de las divinas letras, que lo
que dios no es servido que se haga oy, quiere y ordena que se haga mañana
por otras vías y modos peregrinas y agenas al saber y prudençia de los hombres,
los quales con su ignorançia juzgan lo que es açertado por herrado, como vemos
que acaeçió a Christo nuestro Redemptor con sus diçípulos, que queriendo el
maestro de verdad yr adonde un día antes le avían querido apedrear, les pareçió
a sus diçípulos que era herrada y así, casi como admirados le diçen: ¿ pues,
señor, a dónde ayer os querían apedrear quereis yr oy? A los quales respondió:
que doce horas tenía el día y que en cada una se podía el hombre mejorar y
arepentir. De lo qual se puede inferir, que quando al Rey chino le ubieran
enbiado otro presente y semejante enbaxada, como V. Magestad le enbía, y no
la ubiera admitido, que no era llegada la hora determinada por dios, y que
ya es llegada y que tiene ésta tan cathólica y soberana obra guardada para
V. Magestad, y quando por su oculto judicio no se consiguiese el santo fin
que V. Majestade pretende, es cossa çierta que no perdería el premio çelestial
y eterno de tan sancta y calificada obra, en cuya prosecuçión es muy bien
enpleado el tiempo y trabajo que pasaren los que por dios y por V. Magestad
fueren a ello en tan larga y peligrosa jornada, y se pueden tener por muy
dichosos, pues los trabajos an de ser transitorios y pereçederos y el premio
y descanso eterno, y en tal demanda y disignio, aunque V. Magestad gastase
un millón y no consiguiese el sancto fin que pretende, sería muy bien gastado
y no vernía a menos su Real estado sino a más y consiguiría el premio y thesoro
del cielo.
2. Objectión. La segunda objectión es que no reçibiendo el Rey chino el presente
y enbaxada, es menoscabo y afrenta de V. Magestad.
R. A esto respondí, que quando suçediese lo que se adevina y presume de tal
anteçedente, no se á de ynferir tal consequençia, porque siendo el Rey chino
ynfiel y V. Magestad tan cathólico christiano, él bárbaro y rústico en nuestro
modo político y V. Magestad tan prudentíssimo y urbano, siendo en todo tan
desiguales, ninguna afrenta ni menoscabo era de V. Magestad no lo reçebir
ni haçer caso dello, no entendiendo el bien y merced que V. Magestad le haçía,
y así como bárbaro su ignorançia le escusaba. Y quando de su parte ubiera
maliçia y menospreçio, V. Magestad no lo reçibiera por injuria, pues prinçipalmente
esta obra la haçe V. Magestad por dios y en ella se á más como apóstol que
no como Rey. Y es de creer, que quando V. Magestad se determinó y mandó se
hiçiese, que esta objectión y duda se le ofreçió a V. Magestad y a los del
su Real consejo, y otras muchas que en la nueba españa nos an puesto, y con
todo eso mandó V. Magestad se hiçiese, considerando el poco daño y menoscabo
que desto se podría seguir, y el mucho bien temporal y espiritual que se podía
ganar; y aunque no ubiera otra rraçón y causa más urgente, aunque ay otras
muchas, sino sólo salir de dubda y saber el pecho y voluntad de aquel ynfiel,
es muy prudente y sanctamente ordenado lo que V. Magestad á mandado se haga,
aunque fuese a gran costa de la Real haçienda de V. Magestad por los muchos
bienes que dello se pueden seguir, como es la converçión de aquellos ynfieles;
y quando desta obra no se consiguiese otro fin sino la salvaçión de sola un
alma, es más y prepondera más que todo lo que V. Magestad puede gastar, aunque
gastase todo su Real estado en semejante conquista. Y á de tenerse V. M. por
muy dichoso en que tome Nuestro Señor a V. Magestad por instrumento de la
salvaçión de las almas, por las quales dió su vida y muerte Y como es çierto
que: cor Regis in manu Domini, así se á de creer que fue instinto del espíritu
santo e ynspiraçión suya mandar V. Magestad haçer esta jornada, para que aquellos
miserables salgan de su infidelidad y con la luz y claridad de la palabra
de Dios vean la seguedad de su entendimiento y herror, y haçiendo V. Magestad
por su parte lo que está obligado, según nuestra sagrada fe y Religión, y
ellos no lo que la rraçón y ley natural les enseña, V. Magestad justifica
su causa y abre la puerta para por otras vías y modos, quando dios nuestro
señor fuere serbido, y fuere llegado el tiempo determinado en su divina mente
procurar su remedio y salvaçión.
3. Objectión. La tercera objectión es que ban en gran riesgo y peligro de
muerte o cárçel perpetua los que llebaren la embajada, y, por consiguiente,
de perderse todo lo que Su Magestad enbía, porque diçen que lo tomarán y robarán.
R. A esto respondí que no se reparando en lo más ques la vida de los que allá
fueren, que no ay que reparar en lo menos ques lo que V. Majestade enbía,
lo qual, aunque se perdiese y valiese un millón y muchos millones no vernía
en diminuçión el Real estado de V. Magestad, como no viene por otros ynfinitos
gastos que V. Magestad de ordinario en diversas cossas haçe. Y, pues, en lo
prinçipal no reparan los que por dios y por V. Magestad se ofrecen al peligro
y trabajo, antes lo tienen, juzgando por mí a los demás, por gran merced y
feliçidad. Y sería bienabenturada suerte la suya si en tal demanda, en serviçio
de dios y de V. Magestad, perdiesen la vida temporal, que sería çertidunbre
de ganar la çelestial y eterna. No ay para qué hacer tanto caso de lo açesorio,
que V. Magestad en tan poco estima, y así en alguna manera haçen injuria a
la Real magnanimidad de V. Magestad, y le deçirben pensando, que en mirar
tanto por la Real haçienda, le sirben; la qual, a mi entender, no core ningún
riesgo de perderse, porque no cabe en raçón que gente tan sujecta a su Rei
se atreba a robar lo que se le ymbía, porque serían gravísimamente castigados
viniendo, como se á de presumir vernía, a su notiçia. Ni tanpoco se á de creer
ques gente tan bárbara y sin raçón que a los que van a hablar a su Rey con
cartas y presente de un Rey tan poderoso como V. Magestad, de quien ya ellos
tienen gran notiçia, les hagan ninguna molestia ni agrabio, antes sé yo por
Relaçiones de los chinos, que a la çiudad de menila an venido a vender sus
mercaderías, que no ay en ninguna parte del mundo donde reçiban con tanta
magestad y aplauso a los que ban con alguna embaxada al Rey chino, porque
de otra suerte no ay remedio de entrar en aquella tierra. Confirma esto un
eclesiástico benefiçiado en bilbao y comisario del santo ofiçio en una Relaçión
brebe, que imprimió, de las grandeças del Reyno de China y del modo que tienen
en reçibir a qualquier embaxador que va a su Rey. Lo que a mi entender podría
suçeder, llegados que fuesen al Reyno de china, no dexarles entrar hasta dar
notiçia a su Rey y aguardar la respuesta y salboconduto para entrar e yr donde
él está. Y en esto se podría tardar dos meses de yda y buelta, porque, según
aquel autor ariba dicho, tienen correos de a caballo que coren con petrales
de caxcaveles, y cada mes tiene notiçia el Rey de todo lo que se haçe y suçede
en todas las provinçias de su Reyno. Y en el ynterin, podrían estar en Macán,
ques una ysleta çerca de la çiudad de Cantón, adonde están poblados como quatro
çientos portugueses, donde ay algunos padres de la compañía, pues ya por la
misericordia de Dios todos son vasallos de V. Magestad. Y así estaría seguro
el presente y los que lo llebaren, y quando no lo quisiese reçebir el Rey
chino, ni dar entrada para oyr lo que V. Magestad le ynbía a deçir, se pueden
tornar a la çiudad de menila, y allí se puede vender casi todo lo más que
V. Magestad ynbía, y lo demás en méxico, y lo proçedido dello embiarlo a la
Real caxa de V. Magestad a la Contrataçión de sevilla.
4. Objectión. La quarta objectión es que ya que lo reçiba lo estimara en poco
el Rey chino, porque diçen que allá tiene él otras cossas más ricas y mejores.
R. A esto respondí que yo sé al contrario desto, por la mucha notiçia y curiosidad
que é tenido de saber las cossas que allá ay, y afirmo que no ay otras mejores
ni tan buenas, y que se estimará en mucho lo que V. Magestad le ymbía (1),
porque allá no ay terçiopelo, porque no lo saben cortar ni texer (2), ni ay
granas, ni las demás cossas que V. Magestad le ymbía, y demás de saberlo por
Relaçión de los mismos chinos, é visto que algunos de los españoles, que están
en serviçio de V. Magestad, an llevado paños de colores de los que se haçen
en la nueba españa, que en méxico tienen valor de dos ducados vara, y lo an
vendido a los chinos a seis ducados. Y así esté V. Magestad çierto que lo
estimará en mucho. Y si en este caso yo tubiera pareçer para que lo estimara
en más y fuera más cumplido el presente y de maior grandeça (3), V. Magestad
le avía de mandar embíar una baxilla de plata con algunas fuentes y aguamaniles
dorados y otras pieças curiosas, que todo ello valiera quatro o çinco mill
ducados.
5. Objectión. La quinta objectión es decir que V. Magestad le abía de embiar
un presente de gran valor, siendo el chino tan rico y poderoso Rey, para que
por el presente entendiera el gran poder y riqueça de V. Magestad.
R. A esto respondí que V. Magestad no pretende haçer rico al Rey chino, ni
mostrar obstentaçión, ni quiere en este caso y apostólica obra mostrar su
poder ni grandeça, sino su mucha christiandad y el deseo que tiene de su salvaçión
y la de todos sus vasallos; y para mostrar este deseo y haçer estable su amistad
basta lo que V. Magestad ynbía, y tomar por instrumentos criados de V. Magestad
Religiosos es açertadíssimo, para que como a gente pacífica y sin sospecha,
de los quales el chino tien gran notiçia, les dé más crédito y oya con más
afiçión y voluntad lo que de parte de dios y de su magestad le dixeren. Y
así esto como todo lo demás ordenó y mandó V. Magestad con su muy rara y Real
prudençia, porque como la obra es apostólica; encaminada a la salvaçión y
remedio de aquellos ynfieles, tomó V. Magestad los medios neçesarios para
tan sancto fin; los quales no fueran, si V. Magestad ynbiara un caballlero
seglar acompañado de muchos criados, los quales, aliende del mucho gasto que
hiçieran, antes dañarán que aprobecharán. Lo uno, porque engendrarán sospecha
de que yban a esplorar la tierra, lo otro que con sus demasías y malos exemplos,
que de ordinario en tierras nuevas dan, ubiera algún escándalo y alteraçión,
y antes fueran como en otras partes an sido causa para cobrar odio y aborreçimiento
al nombre christiano, que no para afiçionarlos a oyr la palabra de Dios y
serlo, convirtiéndose a nuestra sancta fe cathólica.
6. Objectión. La sesta objectión es que es menester llevar gran cantidad de
dinero para dar a los viReyes y governadores por donde an de pasar hasta llegar
donde está el Rey.
R. A esto respondí que la gente de china es muy cobdiciosa, y que como no
es cosa nueba en nuestra nación ni en las demás querer que les den, que así
lo querán los chinos y se olgarán dello, pero para esto no es menester tanto
como los que diçen esto. Piensan que como allá se estima en mucho el oro y
la moneda de V. Magestad, que ellos llaman sarapis, que son los reales de
a quatro, con mill ducados que se llevasen para este cumplimiento y algunas
joyas y cadenas de oro, que se pueden llevar de las yslas philipinas de la
çiudad de menila, que tiene allá menos valor el oro que en la nueba españa,
ni en españa, que quinientos ducados allá en joyas valen acá mil. Con esto
se podía cumplir con ellos para tenerlos más gratos, y así, siendo V. Magestad
servido, podrá ynbiar a mandar se lleve esta cantidad de dinero y joyas de
oro para este efecto.
7. Objectión. La séptima objectión es que los intérpretes que an de llevar
no ternán fidelidad, y ques menester darles mucho dinero para llevarlos contentos.
R. A esto respondí que del ynfiel no se á de tener fidelidad, aunque muchas
veses emos visto que en casos semejantes, que se an offreçido, la an tenido;
pero que sin llevar ynfieles, ay chinos christianos en la çiudad de menila.
Uno que se llama Hernando de San Augustín, que fue por interprete del padre
fray martín de Rada quando fué a la china, y otros dos que yo baptiçé entre
otros muchos, que se llaman miguel de Sant Nicholás y francisco de San Pablo,
que todos estos saben nuestra lengua y la suya de china. Y sin estos ay otros
bautiçados, sin llebar infieles que saben la lengua de las yslas y la de china
y mucha parte de la nuestra, aunque no tanto como los tres de ariba. Pero
los dos primeros bastan para lo que se pretende, los quales con menos de doçientos
ducados, que les den a entrambos, yrán muy contentos, y entiendo que con fidelidad
dirán lo que se ofreçiere, porque an dado muestras de buenos christianos virtuosos.
De más desto ay un Religioso en las yslas philipinas, que se llama Fray Augustín
de Alburquerque que dexó de ser provinçial un año á, muy sierbo de dios, que
sabe mucha lengua de la china, porque á tenido siempre ynclinaçión a yr allá,
y mandando V. Magestad que vaya, con el exerçisio y conversaçión que terná
con los chinos, fáçilmente la acabará de saber. Y tanbién, siendo V. Magestad
servido, podrán yr de la nueba españa en mi compañía dos Religiosos de muchas
letras, que an leydo muchos años artes y theología, y son muy çierbos de dios
y de mucho ingenio y abilidad, que resién ydos de españa a la nueva españa
en seis meses aprendieron la lengua mexicana otomí y predicaron en ella a
los yndios, que otros tardan dos y tres años en deprenderlas y saberlas bien,
máxime la otomí, que es tan obscura y trabaxosa de aprender como la lengua
de china, y aún más mala de pronunçiar, y con la façilidad que deprendieron
ésta, deprenderán la de china. Y así entiendo que con la tardança y demora,
que á de aver en el camino hasta llegar adonde está el Rey chino, la sabrán,
o a lo menos mucha parte della, y así se hará más efecto que no hablando por
yntérpretes. Llámanse estos religiosos: el uno fray melchior de Vargas, prior
de la ciudad de Guaxaca, y el otro fray Antonio Osorio prior de Chapantongo
pueblo de yndios, y estos son más ynportantes para lo que V. Magestad manda
y pretende, que no los dos questaban nombrados; porquel uno es naçido en la
nueba españa, en la ciudad de méxico, que abrá dos años que vino de las yslas
y fue por compañero del padre frai martín, y siempre estubo allá descontento
y no se quietó hasta que vino a méxico, y por no yr á puesto las objectiones
que yo aquí é dicho, y otras quél dió por escripto al viRey conde de Coruña,
que ya V. Magestad abrá visto; el otro, que se llama Fray Juan gonçales, es
moço, y ba con yntento de bolber y con otros disignios y pretençiones agenos
a lo que obra tan calificada requiere, y esto digo a V. Magestad con toda
verdad y sinseridad christiana. Atento a esto V. Magestad mande proveer lo
que más fuere serbido, que eso será lo más conviniente y açertado.
8. Objectión. La octaba objectión es decir que no ay para qué llebar cavallos,
ni açémilas, porque allá ay muchos, y que a tierras tan remotas no se podrán
llevar, y si fueren, que llegarán muy flacos.
R. A esto respondí ques verdad que los ay, pero que no ay conparaçión de los
que allá ay a los nuestros, así en hermosura como en grandor y obras, por
lo qual entiendo los estimará en mucho el Rey chino, como en españa se estima
un buen cavallo morisco, y como un galán y buen cavallo español se estima
en otras partes muy bien enjaeçado.
Y al ynconviniente que ponen en llevarlos, digo que como el doctor sandi,
quando fue a las yslas philipinas, llevó tres cavallos y dos yeguas, y el
año pasado fueron seis cavallos y seis yeguas y una mula, podrán yr los que
V. Magestad manda se lleben, y si llegaren flacos, en la çiudad de menila,
adonde an de estar más de dos meses antes que sea tiempo de embarcarse para
la china, podrán engordarlos, que ay mucha oja verde todo el año por ser tierra
húmida y viçiosíssima, y de allí a la tierra firme de China no ay más de doçientas
leguas, y para tan corto camino podrán llevar mucha yerba verde y arroz por
linpiar, ques como çebada en esta tierra; y si estubieren detenidos algún
tiempo en el puerto, hasta que venga la respuesta del Rey, si fueren flacos,
allí podrán engordar y después llevarlos poco a poco hasta donde estubiere.
9. Objectión. Tanbién ponen objectión en deçir que ya que los cavallos lleguen
a la çiudad de menila, que no se podrán llevar de allí allá, porque diçen
que ay muchos araçifes y baxíos en la costa, por lo qual no podrán yr naos
nuestras, y que aunque puedan yr, que no ay pilotos que sepan la navegaçión
para guardarse de los baxíos y para entrar en las barras de los puertos.
R. A esto respondí que me pareçía asurdo deçir que por un mar tan largo y
espaçioso no puedan andar nuestras naos, y que aviéndose llevado los cavallos
dos mill leguas, no se pudiesen llevar doçientas. Y a lo que diçen que ay
baxíos en la costa, digo que ya se sabe donde los ay para guardarse dellos,
y tanbién saben que ay algunos puertos buenos y las barras que ay al entrar,
y en la çiudad de menila ay dos cartas de marear de los chinos donde están
pintados. La una tiene guido de lebaçares y la otra Juan Pablos de Carión.
Y quando esto no ubiera, ay muchos chinos pilotos de las naos que vienen cada
año allí a vender sus mercaderías, con uno o dos de los quales se podría yr,
y ultra desto ay en menila muchos chinos veçinos y christianos que saben la
navigaçión, y quando no, pudiera yr nao nuestra, por los inconvinientes que
ponen, sin averlos, los cavallos y lo demás que V. Magestad ymbía se pueden
llevar en una galera, de quatro que ay en menila, o en una como galera que
se traxo de la ysla de burneis, y quando no, en un nabío de los chinos que
vienen a la ciudad de menila a vender lo que de allá traen. Y el pareçer desto,
para que mejor se açierte, podría V. Magestad cometer al governador don gonçalo
Ronquillo, y mandarle haga en esto lo que más convenga al serviçio de V. Magestad.
X. Objectión. La déçima objectión es decir que ya que no aya los inconvinientes
ariba dichos, que será menester gran cantidad de dinero para gastar en la
china en yr desde el puerto hasta donde está el Rey, y para gastar allá, y
en bolver a traer la respuesta a V. Magestad.
R. A esto respondí que en la China vale mucho el dinero, y que ay mucha abundançia
de comida y que vale todo muy barato, que allá se comprará más por un escudo
que en esta tierra por quatro. Por lo qual no se gastará tanto como los que
dicen esto piensan. Y aunque se gastase como en castilla se gasta, echando
yo la quenta de lo que podrán gastar en un año, que a lo más pueden tardar:
en el puerto quatro meses, aguardando la respuesta del Rey, si no les dexasen
entrar, y quatro en llegar allá, y otros quatro en bolber a enbarcarse con
la respuesta. Y contando el gasto de veynte personas en esta manera: tres
Religiosos y tres criados suyos, y dos cavallerisços para haçer regalar y
curar los cavallos, y para haçerles mal allá delante del Rey, y uno que tenga
cargo de los doçe alcones y açémilas, y un relogero para los relojes y un
pintor para los retratos, y un mayordomo que tenga cuidado de mirar por los
cofres y caxas, y un aposentador para bien acomodarlo, y tres negros para
limpiar y curar los cavallos, y un herador para herarlos, y un barbero para
sangrar a algún enfermo y para haçer la corona a los Religiosos, y dos sobresalientes
para si alguno de los dichos muriere. Contando medio ducado de gasto en un
día a cada uno, viene a montar en un año tres mill seisçientos ducados, y
contando el gasto de los cavallos y açémilas de ocho meses: quatro de estar
en el puerto, si allá ubiesen de aguardar tanto tiempo, y quatro que tardasen
en llegar a la corte del Rey, contando medio ducado de gasta para cada mula
y para cada cavallo, que no gastarían ni aún la mitad, viene a montar mill
y seisçientos y ochenta ducados; y contando el gasto y alquiler de quarenta
mulas, que serán menester desde el puerto hasta donde está el Rey para lo
que V. Magestad embía y para otras cossas, tardando quatro meses, gastando
cada día veinte ducados, a medio ducado cada mula, viene a montar dos mill
y quatro çientos ducados; que todo ello suma siete mill y seisçientos y ochenta
ducados. Y en la nueba españa deçía el conde de coruña, viRey de V. Magestad,
que eran de menester más de cinquenta mill, y aunque yo le dixe que con menos
de diez mill se haría, no lo quiso creer, y esto fue adonde entiendo que más
reparó para no determinarse a poner en execuçión lo que V. Magestad, con acuerdo
de los de su Real consejo, mandó hasta dar otra vez notiçia y quenta a Vuestra
Magestad dello.
Conforme a lo dicho, digo, sacro señor, que yo haré la jornada con el fabor
divino, llebando todas las personas ariba nombradas, con todo lo demás, con
ocho mill ducados; y para que no se saquen de la Real caxa de méxico de V.
Magestad, é dado una traça, quiriéndola V. Magestad admitir, y es: que un
veçino de la çiudad de los ángeles que se llama Miguel Destanga, hijodalgo
vizcayno y que á serbido mucho a V. Magestad en Pirro y en las philipinas,
siete años en plaça de alféres, ofreçe para los Reales gastos de V. Magestad
ocho mill ducados, los quales tiene librados en sevilla, o los dará luego
en la çiudad de méxico, haçiéndole V. Magestad merced de la bara de juez de
la grana, ques un cargo que hasta agora no á hecho V. Magestad a nadie dél.
Ynbentóle don martín enríquez, viRey de V. Magestad, y sirvióle un juan de
Otalora, y aora le sirve un criado del conde de coruña, y entiendo que le
enbían a pedir de merced a V. Magestad para el que aora le exerse. Tiene cuidado
este jues de mirar la grana, que se ynbía a españa, si está limpia e injuta,
y estándolo, la manda encaxonar y sellar. Y no puede traer nadie ninguna,
si no es desta manera, si no fuere con su pena. Diçen que vale este cargo
al que le tiene mill ducados, un año con otro; si, Vuestra Magestad ubiere
de haçer merced a alguno dél, en este miguel destanga estará muy bien enpleada.
Y entiendo que mandándolo V. Magestad dará otros mill ducados más, que serán
nuebe con los quales, como dicho tengo yo me ofresco a haçer la jornada, siendo
V. Magestad servido, y comprar dellos los tres negros y otros doçe guadameçiles
dorados y figurados, mejores que los doçe que los ofiçiales de V. Magestad
enbiaron, que no tienen figuras, sino unas medallas en las esquinas. Y los
unos y los otros abultarán y pareçerán mucho, y también añadiré doçe lienços
de flandes, de historia de la sagrada escriptura del testamento biejo, enpeçando
de la creaçión del mundo, que ynportará mucho para lo que V. Magestad pretende.
Concluyo, sacra magestad, con deçir que en mandar V. Magestad proseguir esta
jornada se aventura a perder poco; aunque todo ello y mucho más se perdiese,
que para la grandeça y magnanimidad de V. Magestad es nada, y se aventura
a ganar mucho, aunque no fuese sino grangear sóla un alma de algún niño ynoçente,
quanto más que confío en dios nuestro señor, que se an de grangear y ganar
muchas por medios de V. Magestad.
Y entiendo questos ynconvinientes y objectiones de tan poco momento, que se
an puesto con buen çelo y deseo de servir a V. Magestad, á sido ynbençión
del demonio, por lo mucho quél puede perder, o á sido ordenaçión divina para
que mejor y más cómodamente y con más mérito de V. Magestad se haga esta apostólica
jornada. Y como tenemos de fee que todo á de ser un aprisco y un pastor, creo
que la hora se va llegando, y que nuestro señor es servido que por medio de
V. Magestad aquella multitud de infieles se conviertan y salben; lo qual se
puede ynferir por aber inspirado dios a V. Magestad a gastar su Real haçienda
en una jornada tan remota y peligrosa, y por averle hecho señor de tantas
yslas y Reynos comarcanos, continuos y contiguos a este gran Reyno de china.
Y debaxo de otro mejor pareçer, digo: que no solamente será açertado lo que
V. Magestad manda se haga, sino que por tener V. Magestad este soberano nombre
con tan justo título de defensor de la fe, que no solamente tiene obligaçión
de defenderla y ampararla de los enemigos della, sino de procurar, por todas
las vías y modos líçitos, anpliarla y procurar el remedio y salvaçión de las
almas. Y si a todos obliga aquello de la divina escriptura que diçe: "Unicuique
mandabit Deus de proximo suo", mucho más en particular a V. Magestad, por
ser tan christianíssimo y poderoso, y porquel vicario de Christo, el ssumo
pontífiçe, tiene remitido y encomendado a los antesesores, de gloriosa memoria,
visagüelos y agüelos y padres de V. Magestad, señores pasados nuestros, y
a V. Magestad y sus sucesores, la conversión de aquellos naturales de las
yndias e islas, lo qual ellos hiçieron y V. Magestad en sus felicísimos días
á hecho con grandísimo cuydado, enbiando siempre ministros para la predicaçión
ebangélica con grandes gastos de su Real haçienda. Y no solamente lo encarga
y ruega el sumo pontífiçe, sino que en virtud de santa obidiencia lo manda;
por lo qual, y por otras muchas raçones, tiene V. Magestad obligaçión a procurar
la propagaçión del santo evangelio y la conversión de aquellos infieles, aunque
en ello gaste la mitad y aún todo su Real estado y haçienda.
Por tanto: a V. Magestad pido y humilmente suplico mande ber y proveer con
brevedad lo que en esto fuere servido y más pareçiere convenir al serviçio
de dios nuestro señor y de V. Magestad, cuya Real persona nuestro señor nos
guarde muchos y feliçes años para honrra y gloria suya y conservaçión y ensalsamiento
de nuestra sagrada fe, bien y amparo de sus vasallos, con sosiego y tranquilidad
de sus Reynos de los quales vaya a gosar y reynar en los selestiales. Amén.
Collection E. Favre (Ginebra), tomo LXIX, ff. 332-339v.
NOTAS
1) Existe la "Memoria de las cossas que su Magestad puede embiar al Rey de
Taybín", debida sin duda alguna a la diligencia del P. Juan González de Mendoza.
En dicha "Memoria" consta lo siguiente: "1. Reloxes para el rey y sus governadores.-
2. Un par de camas de divérsos colores.- 3. Media docena de arneses gravados.-
4. Algunos adereços de espadas y dagas.- 5. Tablas de retratos y, espeçialmente,
el de su Magestad.- 6. Un par de bestidos de los de su Magestad para el Rey.-
7. Algunos jaeçes de caballos y almartagas.- 8. Pieças de seda de labores.-
9. Guardameçíes de diferentes labores y colores dorados, doze y quatro antepuertas.-
10. Sillas de seda de caderas de diferentes colores.- 11. Espejos de cristal
y sean grandes.- 12. Pieças de Olanda fina.- 13. Quatro pipas de buen vino
en botijas; dos dozenas de lo uno y dos de lo otro.- 14. Gorras y sombreros.-
15. Borzeguíes de lazo de diversos colores y labores.- 16. Una caxa de bidrios
de Beneçia.- 17. Cossas de pluma curiosas": AGI, Patro 24, rº 3.
2) En otra hoja va la "Relación de la forma que han de yr los vestidos que
(el) Padre Fr. Joan Gonçález de Mendoça pide". El P. González de Mendoza era
generoso en cuanto a vestidos se refería para enriquecer el presente para
el Rey de China, y en este sentido pedía lo siguiente: "1. Unas calças de
terçiopelo encarnado con pestañas de raso de la misma color y cadenillas y
entorchados de oro y plata, de la mejor hechura y más curiosa que pareçiere.
Forros de tela de oro y açul prensados con sus medias de seda y çapatos de
terciopelo de la misma color.- 2. Un jubón de tela de oro y morado de Milán
con sus trençillas de oro por las costuras.- 3. Una cuera de raso encarnado
y prensado y guarneçido de oro y plata, de la mesma suerte que fueren la calças,
forrada en tafetán con sus botones de oro o de christal y oro.- 4. Un capotillo
de raso morado prensado, guarnecido de terciopelo de la misma color y pestañas
del mismo raso, y con trençillas y cadenetas y entorchados de oro y plata,
de la hechura más curiosa que paresçiere, forrado en tela de plata, con botones
de oro o de christal y oro, y el cabeçón del capotillo sembrado dellos, y
los brahones, mangas y delanteras.- 5. Gorra de terçiopelo negro con plumas
encarnadas y blancas, y toquillo guarneçidas de unos camapheos y cadenilla
de oro y medalla de lo mismo.- 6. Otras calças de terçiopelo amarillo guarneçidas
con plata y pestañas de raso, de diferente hechura que las otras; forros de
plata y verde prensados, medias de seda y çapatos de terciopelo de la misma
color.- 7. Jubón de raso amarillo pespunteado y acuchillado.- 8. Overa (?)
de mabar con pasamanos ricos de oro y plata y botones de oro o de christal
y oro, forrada en tafetán amarillo.- 9. Capa de Rajá guarnecida muy curiosamente
de terciopelo negro, con pestañas de raso y entorchados y cadenetas de seda
de la mesma color, con sus fajas de raso de la mesma color, raspadas y picadas":
AGI, Patro 25, ro 3.
3) Finalmente, los Señores del Consejo de Indias aprobaron una lista de las
cosas que se podrían incluir en el dicho presente, y en la hoja-lista se indica
asimismo el sitio o lugar donde convenía adquirirlas o comprarlas. Este es
el epígrafe del escrito y su contenido: "Memoria de las cosas que Su Magestad
puede embiar al Rey de Tai bín: 1: Reloges para el Rey (y) sus Governadores
(VIII). (De distinta mano;) quatro grandes de asiento y quatro pequeños. (Al
margen izquierdo;) aquí (suponemos que estos comentarios marginales significan
el sitio a proveer; valga la indicación para lo sucesivo).- 2. Un par de camas
de diversos colores. (De distinta mano:) tres (III): una de carmesí con covertaje
de brocave; otra verde y oro y otra narajanda y azul turquesado. (Al margen
izquierdo:) que se embíen.- 3. Tablas de retratos y especialmente de su magestad.
(Al margen izquierdo:) aquí. (De distinta mano:) como se dize, y dos imágenes
de nuestra Señora.- 4. (Al margen izquierdo:) Un par de vestidos de los de
su Magestad para el Rey.- 5. (Al margen izquierdo:) Pieças de grana colorada
fina (VI); Pieças de seda de labores (VI); Carmesí verde naranjado, azul y
negro y pardo (De distinta mano:) En Sevilla.- 6. Guardameçíes de diferentes
labores y colores (XII). (Al margen izquierdo:) Córdova y Sevilla.- 7. Sillas
de seda de caderas de diferentes colores (XII). (Al margen izquierdo:) Sevilla.-
8. Espejos grandes de cristal (XII). (Al margen izquierdo:) Sevilla.- 9. Pieças
de Olanda fina (VI). (Al margen izquierdo:) Sevilla.- 10. Quatro pipas de
buen vino en botijas. dos dozenas de uno y dos de otro (XXIIII). (Al margen
izquierdo:) Sevilla.- 11. Gorras y sombreros. Dos dozenas de cada cosa (XXIIII.
(Al margen izquierdo:) Sevilla.- 12. Borçeguíes de laço de diversas colores
y labores (XXXVI). (Al margen izquierdo:) Córdova y Sevilla.- 13. Una caxa
de vidrios de Veneçía. (Al margen izquierdo:) Sevilla.- 14. Cosas de pluma
curiosas. (Al margen izquierdo:) Nueva España. (De distinta mano:) Variadas.-
15. Una dozena de cogines de terciopelo, diferenciados según las sillas. (Al
margen izquierdo:) Sevilla.- 16. Una dozena de espadas y dagas doradas. (Al
margen izquierdo:) Sevilla.- 17. Tres ropas largas, una de terciopelo carmesí,
y otra verde y otra parda, con sus franjas de oro. (Al margen izquierdo:)
Sevilla.- 18. Un crucifijo de la estatura de un hombre y una ymagen de nuestra
Señora, de la estatura de una muger. (Al margen izquierdo:) Aquí.- 19. El
retrato del emperador que tiene hecho.- 20. Un retrato de la reyna nuestra
Señora".
AGI, Patro 25, ro 3.